Convenio 190 y recomendación 206 de la OIT para erradicar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
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Convenio 190 y recomendación 206 de la OIT para erradicar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
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El 21 de junio de 2019, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó los primeros instrumentos jurídicos internacionales, con el fin de prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo: el CONVENIO 190 y la RECOMENDACIÓN 206.
En nuestro país, el Convenio fue ratificado a través de la Ley 27580, en diciembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021 el instrumento se depositó en la OIT, completando el proceso de aprobación y ratificación, haciendo que la norma se encuentre actualmente en vigor en todo nuestro país.
Cuando abrimos la mirada en un enfoque preventivo lo que encontramos es una organización social a partir de la división sexual del trabajo, que reproduce desigualdades y genera brechas de acceso, de ingreso, de permanencia, modelos de liderazgo masculinizados, formas de organizar el trabajo sostenida en estereotipos de género, sectores masculinizados y otros feminizados, diferencias en ingresos, en los grados de formalidad, en la distribución de tiempos de trabajo remunerado y no remunerado, etc., todos aspectos que a partir del enfoque integral y con perspectiva de género que trae el Convenio, deberán ser abordados como factores de riesgo y aspectos a transformar.
El Convenio pone énfasis en incluir dentro de lo que define como violencia y acoso, aquella que se da por razón de género, considerando también aspectos como la interseccionalidad de los factores de discriminación, convocando a quienes integramos el mundo del trabajo, a prestar mayor atención a los grupos más afectados y vulnerables a estas situaciones.
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30 p.
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