Elementos de protección personal.

Elemento

Título
Elementos de protección personal.
Tipo
Fecha
Descripción
Se entiende como Elemento de Protección Personal (EPP) a todo aquel dispositivo o medio que pueda disponer una persona con el objeto de que la proteja contra uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud, tanto en accidentes como en prevención a contraer alguna enfermedad.
Por otro lado, es mandatorio cumplir las exigencias esenciales de sanidad y seguridad aplicables al diseño y a la fabricación de los EPP de acuerdo a las normas nacionales o internacionales.
Es importante exigir que se entregue a los trabajadores un documento informativo junto con el EEP que detalle su correcto modo de empleo y de que riesgos lo protege.
Para reducir los riesgos de accidentes y de perjuicios para la salud, resulta prioritaria la aplicación de medidas de reingeniería y organización a fin disminuir los riesgos en su origen y a proteger a los trabajadores mediante disposiciones de protección colectiva. Cuando estas disposiciones no alcanzan, surge la utilización de equipos de protección individual a fin de prevenir los riesgos que no han podido reducirse con las medidas anteriores.
Medida
37 p.
Formato
PDF
Lugares
Argentina