Se entiende como Elemento de Protección Personal (EPP) a todo aquel dispositivo o medio que pueda disponer una persona con el objeto de que la proteja contra uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud, tanto en accidentes como en prevención a contraer alguna enfermedad.
Por otro lado, es mandatorio cumplir las exigencias esenciales de sanidad y seguridad aplicables al diseño y a la fabricación de los EPP de acuerdo a las normas nacionales o internacionales.
Es importante exigir que se entregue a los trabajadores un documento informativo junto con el EEP que detalle su correcto modo de empleo y de que riesgos lo protege.
Para reducir los riesgos de accidentes y de perjuicios para la salud, resulta prioritaria la aplicación de medidas de reingeniería y organización a fin disminuir los riesgos en su origen y a proteger a los trabajadores mediante disposiciones de protección colectiva. Cuando estas disposiciones no alcanzan, surge la utilización de equipos de protección individual a fin de prevenir los riesgos que no han podido reducirse con las medidas anteriores.
Debido a la situación sanitaria en el marco de la presencia del coronavirus, se realizan una serie de recomendaciones tendientes a mantener la limpieza e higiene a través del suministro y correcto uso de los (EPP) Elementos de Protección Personal .
Mediante este folleto se define que: los (EPP) son indispensables para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ante la presencia de riesgos específicos que no pueden ser aislados o eliminados.
Según la Res. SRT 299/11, los EPP deben ser provistos por el empleador y en algunas categorías tienen que estar certificados por uno de los dos únicos entes certificadores reconocidos por la Secretaría de Comercio en la Argentina: IRAM (Instituto Argentino de Normalización y Certificación) y UL.
Una suma de opiniones, no excluyentes del abordaje profesional y de los Delegados, en el camino de la búsqueda de buenas condiciones de Salud y Seguridad en el Trabajo en las Obras. No se abordan las cuestiones normativas legales que son parte de otra publicación. La presente busca, en muchos casos, vincular la legislación con la seguridad en los procesos de trabajo.
Desde este trabajo procuraremos brindar algunas consideraciones prácticas que ayuden a sumar una opinión más en situaciones de la seguridad en obra, sin embargo, destacamos la necesidad de establecer un trabajo en equipo entre Delegados de Obra, Técnicos de Higiene y Seguridad en el Trabajo y el Médico del Trabajo. Nos planteamos, como idea ordenadora, abordar distintas etapas y tareas en obra en forma progresiva para ir viendo diversos aspectos de seguridad.
Se harán referencias a elementos de protección personal y colectiva, ideas de prevención y otras medidas, sin embargo, toda evaluación profesional estará a cargo del Empleador articulando con su servicio de seguridad e higiene en el trabajo.
Esta guía ofrece una serie de recomendaciones para disminuir la cantidad de lesiones y de efectos adversos en la salud de quienes se desempeñan en los distintos ambientes de esta apasionante actividad.